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Corte de apelaciones de Pensilvania falló a favor de inmigrantes deportados

Una Corte de Apelaciones de Pensilvania dictaminó que cuando un inmigrante es deportado, no pierde sus derechos.

Cuando deportan a un inmigrante de Estados Unidos, la idea es que pierde todos sus derechos. Pero una Corte de Apelaciones de Pensilvania dictaminó recientemente lo contrario, según reportó el Noticiero Univision.
El tiempo máximo para presentar la solicitud de apelación no debe exceder los 30 días siguientes a la deportación y la persona que apele debe diligenciar el Formulario I-290B y pagar $630, según indica el listado de tarifas de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

Una corte federal de apelaciones en Pensilvania decidió que ciertos derechos de los inmigrantes no terminan cuando son deportados, explicó el periodista Luis Megid, desde San Francisco, California. Los jueces dicen que, contrariamente a las regulaciones de la Junta de Apelaciones de Inmigración, los extranjeros deportados tienen el derecho de reabrir sus casos desde el exterior.

Así, por ejemplo, un inmigrante que es deportado a México podría desde su país, si su caso califica, solicitar la reapertura de su caso y,  quizás, regresar legalmente a Estados Unidos.Sin duda, se trata de una “muy buena noticia”, dicen los abogados que los defienden.

Derecho a reabrir un caso

“Según la interpretación de las cortes, la ley, el Congreso (federal) no ha dicho que personas que han sido deportadas que no puedan hacer una moción para reabrir” sus casos de deportación, dijo el abogado Bernardo Merino.

La ley federal de inmigración concede a los extranjeros el derecho de presentar mociones de reapertura para aportar nuevas pruebas o argumentos que reviertan las órdenes de deportación, pero la Corte de Inmigración no considera que este derecho se aplique a los individuos que ya fueron expulsados y se encuentren fuera de Estados Unidos.

Con su decisión, fechada el 3 de agosto, la Corte de Apelaciones del Tercer Circuito se suma a los fallos de otros circuitos que cubren estados tales como Nueva York, Illinois y California, estados que también reconocen la reapertura de casos de deportados desde el exterior.

Hasta ahora, los circuitos con fallos similares son el segundo, tercero, cuatro, sexto, séptimo y noveno.

Cuestión de dinero

Pero tener el derecho y poder ejercerlo son dos cosas diferentes, advirtió Megid. De acuerdo al reciente fallo, todo depende del caso. Y tiempo para hacer la solicitud varía. Y no todos los casos califican para ser reabiertos por la Corte de Inmigración (BIA).

“Las mociones para reabrir un caso tienen que ser, o porque ha habido un cambio a la ley, porque hubo un error en el caso original que se descubre después, porque hay un error de algún abogado que representó mal a la persona deportada y no presento evidencia que había” y que pudo haber ayudado a que el afectado no fuera deportado de Estados Unidos, detalló Merino.

De acuerdo al dictamen de la Corte de Apelaciones del Tercer Circuito, también hay otra limitación.

“Tienes que buscar un abogado. Y ahora no están cobrando menos de $7 mil para arriba. Porque un abogado que encuentren de $6 mil sería muy abajo”, dijo María Figueroa, cuyo esposo fue deportado de Estados Unidos y está buscando la manera y los recursos para poder pedir que su caso sea reabierto.

El caso Presto Espinal

El precedente para la reapertura de un caso fue la apelación del caso conocido como Presto Espinal contra el Fiscal General de Estados Unidos, causa número 10-1473 de 2011. La Corte del Tercer Circuito regresó el caso a la Corte de Inmigración para que reconsidere los argumentos jurídicos.

La Corte de Apelaciones del Tercer Circuito de Pensilvania es una de las varias que desde hace tiempo ha reconocido los derechos de los deportados de reabrir sus casos desde el exterior. Pero la jurisdicción de la corte es limitada y no se extiende por toda la nación, explicó Megid.

Para que eso ocurra “que el dictamen alcance a todos los indocumentados deportados en cualquier parte de Estados Unidos-, algunos analistas piensan que deben ir a la Corte Suprema de Justicia.

Cuánto cuesta apelar

Cualquier persona que apele un fallo del servicio de inmigración debe hacerlo utilizando el Formulario I-290B y pagar $630, según indica el listado de tarifas de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

El precio está vigente desde el 23 de noviembre del año pasado y constituyó una de las alzas más polémicas y que perjudicó a más inmigrantes.

El formulario sirve tanto para las mociones de reapertura, de reconsideración y las apelaciones. Los más afectados por el alza de 2010 fueron los inmigrantes pobres, coincidieron abogados y activistas consultados por Univision.com.

La Moción de Reconsideración se da cuando se logra explicar a las autoridades de inmigración que existió un error legal durante un proceso que culminó con una negativa.

El curso de la apelación

La Moción de Apelación se entrega a la oficina donde se tomó la decisión y ellos la trasladan a la Oficina Administrativa de Apelaciones del servicio de Inmigración.

En 1989 el costo de una apelación era de $50, mientras que en 2004 fue estimado en $382. A partir de noviembre del año pasado aumentó de $585 a $630.

El tiempo máximo para presentar una solicitud no debe exceder de los 30 días.

Además del pago de los $630 determinados por la USCIS, el inmigrante deportado que solicite la reapertura de un caso debe contratar un abogado que lo represente.

El esposo de Figueroa necesita como mínimo unos $7 mil para pagar los costos de un abogado y presentar a la Corte de Inmigración una moción de reapertura e intentar regresar legalmente a Estados Unidos.

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